Novedad Legislativa en la insolvencia de Thomas Cook – Real Decreto-Ley 12/2019 de 11 de Octubre

 

 

 

 

 

 

 

El Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre,  sobre medidas de carácter urgente dirigidas al fortalecimiento y mejora de la competitividad del sector turístico español para paliar los efectos de la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook. Publicado el 12 de Octubre de 2019, fecha de su entrada en vigor.

Principalmente para los territorios insulares de Canarias e Illes Balears. 

 

MEDIDAS EN MATERIA DE EMPLEO Y DE SEGURIDAD SOCIAL

Para las empresas establecidas en los territorios insulares, la norma incorpora una medida consistente en la ampliación de las bonificaciones en las cuotas de las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.

  • Se amplía la bonificación del artículo 9 del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que se aplicará, además de en los meses previstos en dicho artículo, de forma excepcional, durante los meses de octubre y diciembre de 2019 y febrero y marzo de 2020, para las empresas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, respecto de sus centros de trabajo ubicados en Illes Balears y Canarias, y acrediten el cumplimiento de los restantes requisitos que prevé el mencionado artículo.

 

  • Esta medida podrá completarse con otras, como el aplazamiento de cuotas de cotizaciones de la Seguridad conforme a la regulación prevista en el cap. VII del tít. I del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

 

APOYO FINANCIERO AL SECTOR TURÍSTICO.

 

  • El texto contempla una línea de financiación para atender a los afectados por la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook. Se instruye al Gobierno para que, mediante acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, apruebe una línea de financiación de hasta 200 millones de euros para atender las necesidades financieras de los afectados por la insolvencia de dicho grupo empresarial.

 

  • La norma también contempla la concesión directa de subvenciones a las Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears (15 millones de euros y 8 millones de euros, respectivamente), de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con objeto de recuperar la pérdida de conectividad, consolidar la diversificación y mejorar el destino.

 

FONDO FINANCIERO DEL ESTADO PARA LA COMPETITIVIDAD TURÍSTICA

El Real Decreto-ley se ocupa de la regulación del denominado Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística, que tendrá por objeto apoyar financieramente los proyectos que desarrollen las empresas turísticas orientados a la mejora de la competitividad del sector, en especial aquellos que contengan actuaciones de digitalización de los destinos turísticos, y de innovación y modernización de los servicios, para adaptarse inmediatamente ante la pérdida de demanda ocasionada por la quiebra del grupo empresarial Thomas Cook.

Se cambia de denominación del anterior Fondo para la Modernización de Infraestructuras Turísticas (FOMIT), el cual pasa ahora a denominarse Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT).

 

DISPOSICIONES ADICIONALES. MEDIDAS GENERALES DE INFORMACIÓN.

Se establecen  por parte de la Secretaría de Estado de Turismo, en colaboración con el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas, de medidas generales de información a las empresas del sector turístico que afronten la recuperación de deudas en el marco de procedimientos de insolvencia de empresas del grupo Thomas Cook, y al reforzamiento de la iniciativa de destinos turísticos inteligentes a afectados por la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook, con el objetivo de mejorar la gestión y hacer a los destinos turísticos más competitivos en un contexto excepcional derivado de la desaparición de uno de los principales turoperadores que operan en nuestro país.

 

Recuerde que si es usted un perjudicado por la insolvencia de Thomas Cook puede ponerse en contacto con FONT MORA SAINZ DE BARANDA Abogados y Economistas en Baleares a través de la dirección electrónica habilitada al efecto: insolvenciathomascook@fmsb.eu o a través de los canales habituales.