Recomendación de FMSB Abogados para recuperar el IVA liquidado de facturas sin cobrar por la quiebra de Thomas Cook

Quiebra de Thomas Cook: cómo recuperar el IVA liquidado de facturas sin cobrar


Para recuperar el IVA liquidado de facturas sin cobrar por quiebra #ThomasCook: dentro del periodo voluntario presentar solicitudes de rectificación autoliquidación y devolución ingresos indebidos antes del 30/01/2020


El despacho Font Mora Sainz de Baranda, una vez consultada a la Dirección General de Tributos, recomienda a todos los afectados por el concurso de Thomas Cook, presentar de forma normal el cuarto trimestre de IVA y, dentro del periodo voluntario (es decir, antes del jueves 30 de enero), presentar solicitud de rectificación de autoliquidación y solicitud de devolución de ingresos indebidos.

A pesar de que se daba por hecho que los afectados por los impagos no podrían beneficiarse de recuperar el IVA repercutido porque la empresa declarada en concurso no tenía base en España, una respuesta de la Dirección General de Tributos, órgano consultivo del ministerio de Hacienda, al despacho de abogados Font Mora Sainz de Baranda, pasa a la Agencia Tributaria el dirimir si la alemana Thomas Cook AG contaba con un establecimiento permanente en nuestro país, en cuyo caso los empresarios sí podrán «hacer facturas rectificativas para recuperar el IVA«. El problema radica en los plazos, ya que el 30 de enero finaliza el cuatro trimestre del pago del IVA, por tanto se recomienda a los afectados plantear procedimientos de devolución de ingresos indebidos antes de esa fecha.

Para ampliar esta nota informativa para recuperar el IVA liquidado por los empresas afectadas por la quiebra de Thomas Cook que se quedaron con facturas sin cobrar, se puede contactar con el despacho Font Mora Sainz de Baranda telefónicamente en el 971 45 62 22 o dirigiendo un correo electrónico a cualquiera de las direcciones habilitadas insolvenciathomascook@fmsb.eu info@fmsb.eujsainzdb@fmsb.eu