Con el Catastro, abre el ojo!! artículo de opinión de Jorge Sáinz de Baranda en Mallorcadiario

 

Por Jorge Sáinz de Baranda

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Con el catastro, abre el ojo!!

Como ya me conocen, seguro que han advertido que el título de hoy no es ningún juego de palabras propias de un humor escatológico del que claramente carezco -otro ojo a las negaciones-.

Los “abrojos” son esas plantas con espinas que aparecen en los sembrados, que perjudican las cosechas, y cuyo origen está en la costumbre de los labradores de gritar “¡abre el ojo!!« -del latín aperi oculo-, para advertir a los otros que no se pinchasen con las mismas mientras segaban los campos.

Posteriormente, también se llamó así a los instrumentos defensivos consistentes en piezas metálicas formadas por cuatro o más púas afiladas que, al tirarlas al suelo, siempre una púa quedaba apuntando hacia arriba, de forma que esparcidas por un terreno servían para obstruir el avance de caballos, carruajes o soldados. En tiempos modernos, y lugares más peligrosos, se han usado contra los neumáticos de los vehículos con fines nada «elegantes».

Y esa expresión, abre el ojo, es la que debemos utilizar para alertarnos entre nosotros ante los últimos movimientos del Catastro publicados el pasado 13 de octubre en el BOE número 245 – ya ven, no paran de darme pie para rimar con el humor del que les digo que carezco…-

Como les contaba, que me disperso, lo que se ha publicado es el anuncio relativo a la apertura del trámite de audiencia colectiva previo a la determinación de los valores de referencia de todos los inmuebles en España para el ejercicio 2022.

No sé si recuerdan que una de las medidas más controvertidas recogida por la Ley de prevención del fraude fiscal fue la introducción de un «valor de referencia» para la determinación a partir de ahora de la base imponible en diferentes impuestos, entre ellos el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto sobre el Patrimonio.

Para simplificar la cuestión, desde su aprobación se sustituirá el valor real o el de adquisición en una operación inmobiliaria por este «valor de referencia», que será el resultado del análisis de los precios de todas las compraventas de inmuebles que se realizan ante Notario en una zona.

En todo caso, y tal y como señala la norma, el valor de referencia no podrá superar el valor de mercado, por lo que se aplicará un factor de minoración en su determinación.

Pues bien, avanzando en dicha dirección, el Catastro ha dado trámite de audiencia por un plazo de 15 días a todos los ciudadanos -sí, a Ud. también por si no lo sabía-, antes de resolver sobre los elementos a aplicar en la determinación de esos valores de referencia de los inmuebles, tanto rústicos como urbanos, del ejercicio 2022.

Y entre esos elementos está el factor de minoración del valor de mercado, que se ha fijado en el 0,9. O lo que es lo mismo, que el valor de mercado que surja de los precios medios que se determinen a raíz de las ventas ante notario, y según la localización, solo se verá reducido en un 10% -salvo que Ud. declare más, en cuyo caso prevalece el mayor-.

Por tanto, por la vía de hecho, nos han colado una importante subida de impuestos ya que, cuando menos, a partir de ahora el valor de referencia será la base imponible en los tributos que graven la adquisición de un inmueble y, además, éste se tomará para determinar el valor que debamos declarar cada año en el Impuesto sobre el Patrimonio -eso sí, el valor de referencia sólo podrá afectar al Impuesto sobre el Patrimonio en lo que se refiera a inmuebles adquiridos a partir de 1 de enero de 2022, en ningún caso al patrimonio preexistente-.

Frente a la osadía de querer descifrar todos los documentos publicados y los mapas de valores por zonas, que además no tienen por qué coincidir con un barrio ni con un distrito, les aseguró que preferirán pasar por el enigma de la Esfinge a Edipo; pero les adelanto, para su desayuno dominical, que este trámite de audiencia colectiva tiene de plazo hasta el día 27 de octubre y, una vez tramitado el procedimiento para su determinación, a partir del 1 de enero de 2022 los valores de referencia individualizados de los inmuebles estarán disponibles para su consulta en la sede electrónica del Catastro.

Como ven, éste es un tema que traerá mucha «cola» conforme se vaya desarrollando, pero deben actuar y asesorarse en cada trámite para evitar problemas a posteriori. Ya saben que el que no hace nada, luego puede perder el derecho a quejarse.

 

 


Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com

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