EL RETO DEL DERECHO CONCURSAL ANTE LA PANDEMIA ECONÓMICA
El actual escenario excepcional y atípico que estamos viviendo con una crisis sanitaria mundial que ha paralizado durante meses la actividad económica global, sin duda va a generar desgraciadamente en España una crisis económica de consecuencias incalculables. El colapso judicial ya existente se verá enormemente agravado por la interposición de solicitudes de concurso y liquidaciones de empresas con total seguridad a finales de este año.
Las diferentes reformas aprobadas por decreto con un marcado carácter temporal en materia concursal pretenden no precipitar ahora esa más que probable cascada de procedimientos que llenarán los juzgados de lo mercantil incrementando la ya de por si enorme carga de trabajo que sufren. Si el Consejo General del Poder Judicial cifraba el año pasado la sobrecarga de estos Juzgados en un 360%, imaginémonos como pueden llegar a estar a finales de este mismo año.
El espíritu y finalidad del Derecho concursal es sin duda la salvación y continuidad de la empresa, a nadie escapa que hoy por hoy, la práctica totalidad de concursos concluyen con la liquidación y extinción de las sociedades que acuden a este proceso universal. No quiero pensar lo que pasará al acumularse las peticiones de concurso de acreedores que se anuncian. La lentitud de tramitación, la demora en la respuesta entendible por la situación de colapso, va a suponer el anticipo de la muerte civil de multitud de empresas cuyos expedientes se agolparán para ser proveídos.
Si queremos contribuir o al menos ser partícipes de la voluntad de salvación del mayor número de empresas y empresarios con lo que ello implica a nivel económico y social, se abre a mi juicio, un nuevo reto y panorama, no solo para los operadores jurídicos si no especialmente para los afectados que va a exigir su firme implicación, su colaboración y transparencia de planteamientos o propuestas con la predisposición de alcanzar el consenso útil y solidario en beneficio de todos ellos.
Los que nos dedicamos en la práctica forense a la rama concursal sabemos que habitualmente las empresas acuden al concurso tardíamente. Podríamos hablar de la estigmatización del concurso, de lo difícil que resulte a una empresa en concurso en España operar a crédito con sus proveedores, obtener financiación bancaria, etc., pero no voy a hablar ahora de este hecho cierto y que posiblemente sea el motivo de que muchos empresarios, empresas o particulares eviten – a priori – utilizar los mecanismos legales del proceso concursal para afrontar su situaciones de insolvencia, optando por seguir endeudándose incluso personalmente hasta niveles que hacen imposible finalmente su continuidad o supervivencia futura. La nueva y extrema situación económica que ya estamos padeciendo, como digo, va a exigir de todos, el tratar de cambiar el modo de afrontar la búsqueda de soluciones para hacer frente a la pandemia económica que está devorando y destruyendo el tejido empresarial ante la falta de liquidez coyuntural y la incertidumbre actual. Estas soluciones pasan por la reconversión de nuestros planteamientos ordinarios y explorar, buscar la vía del acuerdo extrajudicial mediante la mediación y el consenso eficaz de empresas, trabajadores, acreedores y entidades financieras esencialmente.
El RDL 16/2020, nos proporciona un plazo extraordinario hasta el 31 de diciembre de 2020, permitiendo al deudor el no tener el deber de solicitar el concurso pese a estar en situación de insolvencia actual o inminente. Es preciso pues, ponerse desde ya manos a la obra y no agotar los plazos para simplemente cumplir el trámite de solicitud de concurso sin más. Es momento de afrontar de inmediato la apertura de la negociación de todas las empresas y empresarios individuales en situación delicada, con sus trabajadores, proveedores, acreedores y entidades financieras. Una negociación que va a exigir lo mejor de cada uno, donde se busque sumar, con total transparencia y claridad en los planteamientos con la meta de conseguir acuerdos/convenios en pro de todos, tanto de la viabilidad y continuidad de las empresas como del pago parcial y/o aplazado de las deudas. Acuerdos, que exigirán esfuerzos e importantes sacrificios sin duda, una implicación directa y solidaria conjunta en la búsqueda de soluciones de manera satisfactoria, responsable, seria y profesional. Nos va nuestro futuro y bienestar como Sociedad.
Termino haciendo alusión a una cita del escritor Lewis Caroll que leía hace unas semanas en un artículo del renombrado Magistrado D. José Mª. Fernández Seijo “Sobre el futuro inmediato del Derecho Concursal y los Juzgados mercantiles” y dice así: «Algunos toman este camino. Algunos toman este otro. Pero en lo que a mí respecta, personalmente prefiero el atajo.» Innovar en la búsqueda de ese atajo legal fuera de los cauces judiciales ordinarios puede ser la vía para intentar dar solución a la extraordinaria y compleja situación con la que nos ha tocado lidiar.
Cristóbal Mora
Abogado FMSB para Canal4 diario
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