No me digas Thomas Cook…!! artículo de opinión en Mallorcadiario.com de Jorge Sáinz de Baranda

 

Por Jorge Sáinz de Baranda

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Donde dije digo, digo Diego… ¿Cuántas veces hemos utilizado esta expresión sin ser coronados? Es una de las frases más comunes que utilizamos para referirnos a aquellas personas que rectifican sus discursos después de haberlos defendido “a capa y espada”, pero que, a la vez, no admiten abiertamente su cambio de opinión si no que lo disfrazan para no reconocer su error.

Y aunque no está claro su origen, la propia expresión nos lleva a pensar que éste está en el evidente parecido entre las palabras “digo” y “Diego”, de forma que unidas en la misma frase aparentan una rectificación disimulada o un malentendido entre dos palabras muy similares.

Comienzo con esta cita ya que, para variar, tengo que adentrarme en uno de los últimos y más evidentes “Diegos” de nuestra estimada Dirección General de Tributos -no lo duden, tienen mi foto como empleado del mes-, como es el cambio de parecer respecto de una de las insolvencias que, en los últimos tiempos, más ha afectado a nostres Illles: el concurso de Thomas Cook.

Como recordarán, una atrevida hotelera mallorquina, a través de nuestro despacho y en el momento de declararse el concurso en los diferentes países de Europa donde tenía sede la empresa, nos encargó presentar una consulta ante la Dirección General de Tributos para saber si podía recuperar el IVA repercutido e ingresado en las arcas estatales como consecuencia de facturas que no había cobrado -ni a buen seguro cobraría-.

La respuesta no se hizo esperar y, como también era de esperar -valga la “rebuznancia” que diría Martes y Trece-, la DGT rechazó dicha posibilidad alegando que la norma no permitía facturas rectificativas para recuperar el IVA cuando el insolvente no tenía su sede en territorio nacional, aunque los servicios se prestaran aquí y estuvieran sujetos a IVA español.

La “broma” suponía la imposibilidad de recuperar para los hoteleros españoles por esa vía, sobre todo en nuestra Comunidad y en Canarias, la cantidad de diez millones de euros.

A pesar de ello, esta aguerrida empresaria y muchos otros hoteleros, y ahí seguíamos nosotros, continuamos la batalla presentando recursos y escritos, alegando resoluciones del Tribunal de Justicia Europeo y solicitando la posibilidad de recuperar ese IVA, con la cautela técnica, eso sí, de evitar posibles sanciones. La respuesta de “Don Erre que Erre» -léase “DGT”- siguió en el mismo sentido en sus resoluciones: nada de poder recuperar las cantidades ingresadas.

Pues bien, ya pensábamos que no saldría a relucir el sentido común cuando el pasado 12 de noviembre se publica la Consulta V3346-20 -apunten ese número- en la que, como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-756/19, cambian el criterio y señalan que en los supuestos de créditos que pasen a ser considerados incobrables como consecuencia de un proceso de insolvencia al que le sea de aplicación el Reglamento (UE) 2015/848, se podrá proceder a la modificación de la base imponible del IVA en los términos previstos en el artículo 80.Tres de la Ley 37/1992.

Y, como nos tienen acostumbrados, añaden que para poder proceder a la modificación de la base imponible será necesario que se comuniquen las facturas rectificadas a la AEAT en el periodo de dos meses a contar desde que finaliza el plazo de comunicación de créditos a la Administración Concursal conforme a la normativa del país donde radique el concursado.

Esto introduce una nueva incógnita en su aplicación al concurso de Thomas Cook ya que en este procedimiento evidentemente ha transcurrido dicho plazo, de forma que se vuelve a trasladar al sufrido contribuyente las consecuencias de la impericia de la Administración.

Ya les anuncio que lo hemos estudiado y seguiremos peleando para que la historia acabe bien para los empresarios, aunque ante tanto despropósito creo que voy a cambiar el dicho popular con el que empezaba el artículo por el que recogió, con su habitual gracia, Chiquito de la Calzada (Málaga, 1932- 2017), y en vez de “donde dije digo, digo Diego” les diré que “no te digo trigo por no decirte Rodrigo”. Total, a la Administración le da igual y seguirá con la misma línea absurda de actuación discrecional, ¿te das cuen?…

 

 


Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com

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