Por Jorge Sáinz de Baranda
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Nos la metieron doblada, camarada
El político y activista sindical hispano-mexicano conocido como Paco Ignacio Taibo II (Gijón, 1949), autor de algunas novelas policíacas, anunció en 2018, durante la Feria del Libro de Guadalajara, que sería el próximo director del Fondo de Cultura Económica de México; y cuando se le pregunto por el proceso para su nombramiento dijo que si no salía por Ley, se haría por edicto, con la significativa expresión de “así que, sea como sea, se la metimos doblada, camarada”.
Esas declaraciones generaron una gran polémica en las redes de forma inmediata, y para eso están las hemerotecas -como dicen algunos tertulianos televisivos cuya última lectura fue el prospecto del champú-, ya que se le atribuyó a la expresión un significado soez y sexista.
Pero no, nada más lejos de la realidad. La expresión “meterla doblada”, no se me alboroten, solo tiene el significado de engaño y abuso de confianza: para algunos se basa en una anécdota de la vida militar cuando, habiendo perdido un soldado alguna de las mantas suministradas, colocaba la otra doblada en los recuentos de material para hacerla pasar por dos; para otros, el origen está en la esgrima, en la que los duelistas que no se comportaban como caballeros en el lance introducían la espada doblada desde un flanco y oblicuamente desde abajo y en sentido ascendente, de forma que engañaban al contrario de forma “canallesca”, aunque enormemente efectiva.
Y corría ese mismo año 2018 de la expresión del amigo Taibo II -y no corría hace tanto-, cuando en unos inocentes presupuestos generales del Estado se introduce, como quien no quiere la cosa, el concepto “Valor de Referencia del mercado” que, mediante una modificación en la ley del Catastro, introduce un nuevo sistema de valoración catastral de los inmuebles basado en transacciones reales de mercado.
Ante el miedo escénico que surge de que estuviésemos ante un catastrazo encubierto, salió la Administración a la palestra para aclarar que este nuevo sistema no afectaba a los impuestos.
Ese nuevo valor de referencia del mercado no iba a modificar ni sustituir el valor catastral, que es el que sirve de base para el IBI, la llamada plusvalía municipal o para valoraciones en otros impuestos, y solo era a efectos de contar con otra herramienta de información del mercado a través de los datos suministrados por los Notarios.
Dicha aclaración era importante ya que el Tribunal Supremo, en sentencias como la de 23 de mayo de 2018, había rechazado las comprobaciones de valores de los inmuebles que hacían las Haciendas Autonómicas, sobre todo mediante la aplicación de coeficientes sobre los valores catastrales sin que el perito de la Administración realizase una verdadera actividad de Valoración.
Pero es ahora, en el momento en que sale a la luz el Proyecto de Ley de Medidas contra el Fraude Fiscal, cuando ese inocente término pierde su “candidez” y aparece impuesto -y nunca mejor dicho- como el nuevo valor que servirá de base para las valoraciones a los efectos de las liquidaciones de determinados tributos como el Patrimonio, Sucesiones y Donaciones o Transmisiones Patrimoniales, -y veremos si no termina afectando a las imputaciones de renta en el IRPF-.
Esto permitirá a las diferentes Administraciones acudir a un valor no comprobado, calculado por el Catastro a través de unas variables de terceros superiores al valor real de los inmuebles, sin atender al precio fijado en la escritura y que, a buen seguro, excederá del verdadero precio de mercado del inmueble.
Es decir, por la puerta de atrás, con engaño, nocturnidad y alevosía, nos han metido una importante subida de impuestos.
Por todo ello, cuando veamos el verdadero efecto que las nuevas valoraciones imperativas tienen en las cuotas a pagar, igual terminamos dándole a la cita ese significado que no veíamos hasta ahora ya que, desde luego, “nos la metiste doblada, camarada”.
Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com