Nuevos tiempos, nuevas normas. Ana Lobo escribe sobre la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

 

 

 

NUEVOS TIEMPOS, NUEVAS NORMAS

 

Bajo el eslogan que lleva por epígrafe el presente artículo ha anunciado la Dirección General de Tráfico (DGT), a través de su página web y a través de los múltiples paneles que inundan las autovías y autopistas del país, la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial (Haz clic aquí para todas las normas actualizadas del Código de Tráfico y Seguridad Vial).

El propósito que persigue, entre otros, es reducir la siniestralidad circulatoria de modo que baje el número de fallecidos en carretera, cuya tasa se sitúa, a día de hoy, en 37 personas fallecidas por millón de habitantes.

Para ello, la Estrategia de Seguridad Vial busca el uso seguro de las carreteras e incide en un mejor cumplimiento de las normas de tráfico en los aspectos relativos a la velocidad, las distracciones (especialmente las relacionadas con el teléfono móvil), los cinturones de seguridad, los sistemas de retención infantil y el casco de protección.

Ahora bien, ¿En qué afecta ello al conductor?:

 

Pérdida de puntos del carnet.

En relación con las infracciones, los cambios se centran en aquéllos que se vienen identificando como los comportamientos más peligrosos y que, por consiguiente, aumentan la detracción de puntos. En concreto, respecto a la seguridad y conducción las principales novedades legislativas son:

  • En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos.
  • No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, implicará la pérdida de 4 puntos.
  • Conducir sujetando un dispositivo de telefonía móvil, acarreará la pérdida de 6 puntos.
  • Arrojar objetos a la vía o intermediaciones que puedan producir incendios o accidentes también tendrá aparejada la pérdida de 6 puntos.
  • Adelantar a una bicicleta o ciclomotor deberá hacerse ocupando COMPLETAMENTE el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido o, en vías de un solo carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros o, de lo contrario, también se perderán 6 puntos del carnet.
  • Se concede preferencia de paso a los peatones sobre los vehículos en los pasos para peatones, aceras y zonas peatonales.

 

Cursos de conducción y recuperación de puntos.

Además, junto al agravamiento de la detracción de puntos en las infracciones citadas, la norma pretende mejorar el comportamiento de las personas que conducen a través de los cursos.

Se unifica asimismo a dos años el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos, desapareciendo la distinción existente hasta ahora entre dos años cuando constan sanciones graves y tres años cuando constan sanciones muy graves. Se simplifica así el sistema, que era complejo de entender para el conductor medio.

Por otra parte, se suprime la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas.

Además, se tipifica como infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados durante el examen para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción, lo que conlleva, además de la multa correspondiente, la imposibilidad de volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses.

Hasta aquí el repaso de los cambios de la Ley de Tráfico que, junto al precio por las nubes de la gasolina y el diésel, te tocarán el bolsillo.

 

Ana Lobo

Abogada de FMSB

 


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