Ya les he contado alguna vez que mi inspiración es huidiza, por lo que no me resulta fácil encontrar cada semana nuevos temas “fiscales” sobre los que escribir -a pesar del empeño que para ello pone mi querida Administración Tributaria-; pero hete aquí que he encontrado en la Peña Concursal -un nutrido grupo de excelentes profesionales de la reestructuración y la insolvencia-, las “musas” que, como las auténticas hijas de Zeus y de Mnemósine, cada semana me sirven de ayuda enviando posibles temas para los artículos.
El último, muy en línea con los días de fiesta que se avecinan, advertía el hecho de que Hacienda ha puesto el ojo -de momento, parece que sin bala- en los regalos en dinero que se pueden hacer a familiares y amigos en estas épocas. Y de repente surge la pregunta ¿tenemos que tributar por los regalos que recibimos en Navidad?
Pues miren Uds., creo que podemos decir que la primera donación de la que se deriva esta situación está en la Adoración de los Magos de Oriente que se describe en el Evangelio de San Mateo -en el que, no crean, ni aparecen sus nombres, ni se dice que fuesen reyes, ni que fueran tres-, en la que varios personajes venidos de lejos entregan a un Niño, en Belén de Judea, presentes consistentes en Oro, Incienso y Mirra.
Este regalo constituyó una donación en toda regla que, hoy, haría tributar al Niño por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y a los Tres Reyes por el Impuesto sobre la Renta por la diferencia entre lo que le costaron los presentes y lo que valían cuando se los ofrecieron; y eso sin que Hacienda, como decía Valle-Inclán en “Luces de Bohemia”, se ponga «estupenda» y entre a investigar el origen de las rentas de esos Reyes o si eran residentes en paraísos fiscales. Como ven, la historia no cambia tanto hasta nuestros días.
Pero volviendo a la noticia, efectivamente es así, cualquier regalo que recibimos, ya sea en estas épocas de buenos deseos o en otros momentos como bodas, bautizos y comuniones, debe tributar en sede de quien lo recibe y por el Impuesto de Donaciones, y ello con independencia de la cuantía. Es decir, que no existe un mínimo exento que nos deje fuera de tributación.
¿Y cuánto deberíamos pagar? Pues aquí la cosa varía según la residencia del donatario. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas, del que además se atribuyen competencias normativas a las mismas conforme a la Ley 22/2009, por lo que será cada territorio el que determine la tributación efectiva.
Así, en Comunidades como Madrid, Cantabria, Murcia o Andalucía, existe una bonificación para las donaciones entre familiares en línea recta -padres, hijos, abuelos- de hasta un 99%, lo que en la práctica supone una nula tributación por este concepto. En otras comunidades, estas donaciones parten de un 7% y pueden llegar hasta un 34%.
El problema real se da cuando el regalo consiste en dinero y se recibe de una familiar colateral o de un extraño -que no es que sea el que ofrece caramelos en el parque, es que no hay parentesco-, ya que en esos casos entran en juego los coeficientes correctores que pueden hacer llegar a tipos de más del 50%.
Aunque hemos dicho que para la Administración Tributaria no existe una cantidad mínima a partir de la cual surja la obligación de liquidar impuestos, lo cierto es que hasta hoy no suelen perseguir los movimientos de dinero de una baja cuantía. Pero tampoco podemos olvidar que los bancos sí que tienen la obligación de comunicar a Hacienda cualquier movimiento por una cifra superior a los 3.000 euros en metálico, o cualquier ingreso de billetes de 500 euros, de forma que si el regalo navideño supera esa cantidad o es en billetes morados -de esos que dicen que existen no solo en el Monopoly-, tendremos a la Administración llamando a nuestra puerta, y no precisamente para darnos la felicitación de Navidad.
Como ven, ahora que nuestros hijos esperan con ansia la llegada de los Reyes Magos el día 5, debemos advertirles que, según lo que pidan, el impuesto de donaciones que tendrán que pagar puede ser cuantioso, y eso aunque los donantes sean los Magos de Oriente. Tampoco les servirá que quien se lo entregue sea Papá Noël, un invento a partir del obispo Nicolás de Bari, venido del Norte de Europa y vestido de Coca-Cola, que seguro que para algunos se merece más que nuestros Reyes el tener que tributar.
En todo caso, y dado que en estos momentos tiene mucha más importancia el poder reunirnos con los seres queridos que los regalos, aprovecho para desearles unas Felices Fiestas y los mejores de mis deseos para todos Uds.
Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com . Léelo directamente en mallorcadiario a través de este enlace