¿Quién se hace cargo de pagar los daños en un vehículo robado?
El Consorcio de Compensación de Seguros actúa como fondo de garantía y está obligado a abonar las indemnizaciones por los daños causados por un vehículo robado a terceros, pero no cubre los daños en el propio vehículo.
Responsabilidad en daños a terceros
Si un ladrón roba una moto y causa un accidente, ¿quién paga los daños a los propietarios de otros vehículos y a la propia motocicleta robada? Esta cuestión ha sido resuelta por la Audiencia Provincial de Madrid en una reciente sentencia, la cual ha enmendado el criterio del juzgado y señala que el seguro debe pagar por los daños a terceros, pero no se hace responsable de los daños en el vehículo robado. Puede tener acceso a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid a través de este enlace.
Exoneración del Consorcio de Compensación de Seguros
El fallo revoca la resolución del juez y libera al Consorcio de Compensación de Seguros de responder por los daños ocasionados en el vehículo robado. Aunque la ley establece que este organismo debe responder por los daños a terceros, los magistrados especifican que los daños sufridos por la propia motocicleta robada están excluidos de esta obligación.
En este caso, el acusado conducía una motocicleta sin conocimiento ni autorización de su legítimo propietario, desobedeciendo las normas viales y causando un accidente que involucró a dos motocicletas policiales y un vehículo particular. La motocicleta robada sufrió daños, incluyendo la fractura del retrovisor, y la propietaria reclamó indemnización por estos daños.
Daños propios frente a daños a terceros
El Consorcio de Compensación de Seguros actúa como «Fondo de Garantía» y está obligado a abonar las indemnizaciones con cargo al seguro obligatorio de automóviles, cubriendo los daños personales y materiales a terceros. Sin embargo, los «daños propios» están exentos de esta cobertura. Según el artículo 11.1.c) de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, el Consorcio debe indemnizar los daños a personas y bienes ocasionados por un vehículo robado, pero esto no incluye los daños propios del vehículo.
Fallo de la Audiencia Provincial de Madrid
La Audiencia Provincial de Madrid establece claramente que las indemnizaciones a los perjudicados por un vehículo robado no incluyen los daños sufridos por el propio vehículo robado. Por tanto, no se puede declarar la responsabilidad civil directa del Consorcio de Compensación de Seguros para indemnizar los daños materiales del vehículo robado en favor de su propietaria.
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