Por Jorge Sáinz de Baranda
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Aterriza como puedas en la Declaración de Renta
Había unos chistes muy populares cuando yo era más joven que empezaban con la frase “se abre el telón…”, y terminaban preguntando cuál era el título de la película. Y recuerdo uno que decía “se abre el telón y aparece una señora a la que le han robado los rulos, ¿Cómo se llama la película?”… “Ahhh, te rizas como puedas”, en clara referencia a la película de comedia estadounidense de 1980, producida y dirigida por Jim Abrahams, David Zucker y Jerry Zucker,
Y es que, aunque hoy seguro que a los jóvenes, y a los no tan jóvenes, les parecerá un chiste muy malo, les puedo asegurar que la frase está de plena actualidad cuando vean lo que les tengo que contar, eso sí, gracias a la generosa aportación de la noticia que me ha hecho mi compañera de despacho Pilar Mir.
Según los datos de la Direcció General de Model Econòmic i Ocupació del Govern Balear, en este mes de octubre, y después de una ligera bajada en el mes de julio, hay en nuestra Comunidad más de 80.000 trabajadores en ERTE; y muchos de ellos, casi 50.000 según las noticias publicadas, estaban hasta la fecha exentos de hacer la Declaración de la Renta ya que sus rendimientos del trabajo, hasta la llegada de la era Covid, procedían de un único pagador y no superaban los 22.000 euros brutos anuales.
Solo en los casos en que estos contribuyentes tenían rendimientos de otra naturaleza, como rendimientos del capital inmobiliario o de actividades económicas, o que habían adquirido su vivienda antes del 31 de diciembre de 2012 y podían aplicarse la deducción -recuerden que las deducciones fiscales por la compra de vivienda habitual fueron definitivamente eliminadas a partir de 2013 como parte del plan de ajustes impulsado por el Gobierno de Mariano Rajoy-, presentaban la declaración en el mes de junio.
El problema radica en que la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece taxativamente que, sea cual sea el importe global de los rendimientos del trabajo de un contribuyente, cuando se obtienen en un ejercicio rendimientos de esa naturaleza de dos pagadores, surge la obligación de presentar la declaración de la renta.
La consecuencia es evidente, todos esos trabajadores que están en ERTE deberán realizar la declaración de la Renta en la próxima campaña, ya que han tenido un segundo pagador, en este caso el Estado.
Además, como las desgracias nunca vienen solas -o como decía Murphy en su famosa Ley “cualquier situación, por mala que sea, es susceptible de empeorar”-, a lo anterior debemos añadir que, en la mayoría de los casos, en el momento de los pagos de los ERTEs a los que estaban acogidos no por voluntad propia, el Estado no ha realizado las retenciones adecuadas, lo que lleva a la segunda consecuencia: no solo tendrán que presentar la declaración de la renta si no que, a buen seguro, les saldrá a ingresar, lo que supondrá una noticia sobre la que no creo que ni hayan pensado remotamente ni nadie les haya advertido.
Llegado el mes de junio, llegará la desagradable sorpresa de tener que hacer la declaración de la renta y, según los datos que se manejan, la mayoría de trabajadores en ERTE tendrán que pagar entre 475 y 952 euros al Estado y, ante la cara de perplejidad de los atribulados contribuyentes, como si de la señora de los rulos se tratara, nuestra querida Hacienda pondrá en práctica la famosa frase del chiste y les dirá:
“Ahhh, te rizas como puedas…”
Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com