Sentencia sobre culpa o responsabilidad compartida en accidentes por mal estado de la calzada

Concurrencia de culpas o responsabilidad compartida en accidente por mal estado de la calzada

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha (TSJCM) ha evaluado un caso de accidente donde la reclamante sufrió lesiones al caer en una vía deteriorada por una avería en la red de abastecimiento de agua. Este análisis resalta la concurrencia de culpas o responsabilidades de los distintos intervinientes, dividiendo la responsabilidad entre la afectada y la empresa encargada del mantenimiento de la calzada.

Reclamación inicial y fallo de primera instancia

La mujer afectada presentó una demanda alegando que el estado deficiente de la vía, causado por una avería no reparada, fue el principal motivo de su caída. En primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Albacete falló a favor de la demandante, condenando a Aguas de Albacete a pagar 33.207 euros en concepto de daños.

Revisión del TSJCM: Concurrencia de Culpa o responsabilidad compartida

No obstante, el TSJCM discrepó de la sentencia inicial, indicando que la principal causa del accidente no fue exclusivamente el mal estado de la calzada. El tribunal señaló que la lesionada tenía una responsabilidad significativa al cruzar la calle por un área no destinada a peatones, ignorando pasos peatonales cercanos y transitables.

El tribunal destacó que, aunque la calzada presentaba un defecto, este se encontraba en una zona destinada a vehículos y no a peatones. Además, la existencia de pasos peatonales a 35 y 75 metros del lugar del accidente refuerza la idea de que la reclamante podría haber evitado la caída si hubiera utilizado estas vías adecuadas.

Evaluación de la responsabilidad

El TSJCM determinó en su sentencia que la responsabilidad de la caída se debía repartir entre la lesionada y la concesionaria del servicio de aguas. Se concluyó que, aunque la empresa no reparó la avería a tiempo, la mujer asumió un riesgo al no utilizar las áreas designadas para peatones. La sentencia final estableció que la lesionada tenía un 70% de responsabilidad, mientras que la empresa tenía un 30%, ajustando el importe de la indemnización a 47.438,63 euros.

Este caso ilustra la complejidad en la adjudicación de responsabilidades en accidentes de tráfico debido a deficiencias en la vía pública. La decisión del TSJCM refuerza la importancia de que tanto los peatones como las autoridades responsables de la infraestructura deben actuar con diligencia para prevenir accidentes. La concurrencia de culpas se convierte en un enfoque clave para evaluar estos incidentes, equilibrando las obligaciones y responsabilidades de todas las partes involucradas.

Descarga la sentencia aquí

Si te interesa el fallo al que hacemos referencia, puedes descargarlo en formato pdf a través de este enlace.

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