La Audiencia de Balears ratifica una condena por acoso a una vecina de su edificio

Sentencias por acoso vecinal: condena confirmada por la Audiencia de Balears

La Audiencia Provincial de Balears ha ratificado la condena de un hombre acusado de acosar a su vecina, confirmando así el fallo del Juzgado de lo Penal 4 de Palma. La sentencia impone un año de prisión y una indemnización de 5.000 euros por los daños morales ocasionados a la víctima. El tribunal consideró que los hechos probados eran suficientemente graves como para vulnerar la libertad de la denunciante, generando un estado de desesperación y ansiedad.

Este tipo de resoluciones judiciales se enmarcan dentro de las sentencias por acoso vecinal dictadas por los tribunales españoles cuando se acredita una conducta reiterada que afecta gravemente a la tranquilidad y libertad de la víctima.

Hechos probados

Desde principios de 2022, el condenado aprovechó la proximidad física al residir en el mismo edificio que la demandante para acosarla de diversas maneras. Los hechos incluyen la búsqueda constante de contacto verbal, visual y sexual, tanto en persona en las zonas comunes del edificio, como a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería, donde el hombre se hacía pasar por otras personas. Esta conducta repetida y persistente generó en la mujer un trastorno ansioso-depresivo reactivo, por el cual está en tratamiento con medicación para la ansiedad y el insomnio. En noviembre de 2022, la víctima decidió denunciar los hechos.

La declaración de la víctima

La Audiencia coincide con el criterio de la magistrada de instancia al considerar que la declaración de la denunciante fue clara, coherente y constante, lo que bastó para desmontar la presunción de inocencia del acusado. El tribunal destacó la consistencia del relato de la mujer, señalando que no presentaba contradicciones a lo largo de las diferentes versiones que ofreció durante el proceso, lo que refuerza la credibilidad de la acusación.

El comportamiento del acusado

El tribunal subrayó que las acciones del condenado, por su reiteración y naturaleza, fueron suficientemente graves como para infringir la libertad de la víctima y crearle un estado de intranquilidad y angustia. Además de los mensajes enviados, el hombre dedicaba comentarios despectivos y soeces en redes sociales, con una actitud cosificadora hacia la denunciante. La cercanía física derivada de la vecindad y la persistencia en su conducta acrecentaron el estado de desasosiego de la víctima.

Indemnización por acoso vecinal en la sentencia

Además de la pena de prisión, la sentencia establece una indemnización por acoso vecinal de 5.000 euros por los daños morales sufridos por la víctima.

En los casos de acoso entre vecinos, los tribunales pueden reconocer indemnizaciones económicas cuando se acredita que la conducta del agresor ha generado perjuicios psicológicos, ansiedad o alteraciones en la vida cotidiana de la persona afectada. La cuantía dependerá de la gravedad de los hechos, su duración y las consecuencias acreditadas durante el procedimiento judicial.

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En conclusión

La Audiencia Provincial de Balears confirma la sentencia condenatoria contra el acusado, destacando la gravedad de los actos de acoso que atentaron contra la tranquilidad y libertad de la víctima. El tribunal resalta la validez del testimonio de la demandante como prueba fundamental en el caso, así como la reiteración del comportamiento del condenado, lo que ha tenido un impacto directo en el estado psicológico de la mujer.

Este tipo de resoluciones se suma a otras sentencias por acoso vecinal dictadas por los tribunales españoles, que buscan proteger la convivencia y sancionar conductas que afectan gravemente a la tranquilidad de los vecinos.


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