El Estado pagará una indemnización de 740.000 € al motorista que sufrió accidente por un obstáculo en la vía

El Estado pagará una indemnización de 740.000 € para el motorista que sufrió accidente por un obstáculo en la carretera

Contexto del accidente y fallo judicial

El Estado ha sido condenado a indemnizar con 740.000 euros a un motorista que sufrió un accidente por un obstáculo en la vía. La sentencia, emitida el 17 de mayo de 2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, resuelve un recurso en el que se discutía la responsabilidad patrimonial del Estado por las consecuencias del accidente. A pesar de que la concesionaria de la vía cumplía con sus obligaciones de conservación, el tribunal determinó que no se habían alcanzado los estándares de seguridad exigibles.

Relación de causalidad y hechos probados

Inicialmente, la reclamación de responsabilidad patrimonial fue rechazada por considerar que no existía una relación de causalidad entre el servicio público prestado y el accidente. Sin embargo, el atestado de la Guardia Civil de tráfico y las declaraciones de varios testigos confirmaron la presencia de un obstáculo, un taco de madera en la carretera, que provocó que el conductor de la motocicleta perdiera el control, cayendo sobre la calzada e invadiendo el carril contrario, donde colisionó con un vehículo.

Testigos indicaron que el obstáculo, visible desde la mañana, no fue percibido por el motorista hasta que estuvo prácticamente encima, lo que generó la pérdida de control. Aunque el neumático delantero del vehículo no cumplía con las medidas autorizadas, este defecto no tuvo influencia directa en la producción del accidente.

Causa del accidente y daños

El tribunal concluyó que la única causa eficiente del accidente fue la existencia del taco de madera en la vía, sin que se encontrara evidencia de otra causa imputable a la víctima. Además, se acreditaron las graves lesiones sufridas por el motorista y los daños materiales que fueron objeto de la reclamación.

Resolución de la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional estableció que la presencia del obstáculo en la vía constituye responsabilidad patrimonial del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dado que existe un nexo causal claro entre el servicio público de conservación de la vía y el accidente. Desde la última revisión de la vía hasta el momento del accidente transcurrieron al menos nueve horas, lo que, a pesar de las obligaciones contractuales cumplidas por la concesionaria, no fue suficiente para garantizar los estándares de seguridad exigidos en una carretera.

Como consecuencia, se reconoció una indemnización de 740.000 euros al lesionado. El tribunal subrayó que el riesgo inherente a la conducción no excedió los límites razonables impuestos por las normas de seguridad y que la víctima no fue responsable del accidente.

Consulta o descarga la sentencia aquí

Haz clic aquí para descargar la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en este caso.

En resumen…

La sentencia destaca la importancia de mantener altos estándares de seguridad en las carreteras para evitar accidentes que puedan ser causados por obstáculos. A pesar de que la concesionaria cumplió con sus obligaciones contractuales, el Estado es responsable cuando dichos estándares no se cumplen, generando un riesgo que afecta directamente a los usuarios de la vía.

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