Aprobado el modelo 283 para declarar ayudas del régimen fiscal especial de Baleares

Aprobado el modelo 283 para declarar ayudas del régimen fiscal especial de Baleares

Nueva obligación de declaración informativa

Hoy viernes 27 de septiembre de 2024 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1031/2024, de 25 de septiembre, por la cual se aprueba el modelo 283. Este modelo está destinado a la «Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Fiscal especial de las Illes Balears«, y su objetivo es regular la presentación y condiciones para informar sobre las ayudas recibidas bajo dicho régimen. La entrada en vigor de esta norma será el 1 de noviembre de 2024, estableciendo una nueva obligación fiscal para determinados contribuyentes.

Lo que nos dice la AEAT

Están obligados a presentar este modelo los contribuyentes del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que hayan sido beneficiarios de ayudas obtenidas en virtud de todos los incentivos aplicables en el marco del Régimen fiscal especial de las Illes Balears.

Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2023 y que concluyan antes de 1 de enero de 2025, si la presente orden ministerial no hubiera entrado en vigor en la fecha en que finalice el plazo de presentación de la declaración informativa, esta deberá presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor de dicha orden ministerial (es decir, del 2 al 26 de noviembre de 2024).

En los restantes casos, la presentación de la declaración informativa deberá realizarse en el plazo establecido para la presentación de la correspondiente autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Desarrollo normativo: incentivos fiscales en Baleares

La disposición adicional septuagésima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) establece dos incentivos clave para el periodo 2023-2028 en las Islas Baleares:

1. Reserva para inversiones

Consiste en una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades (IS) o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se contempla como deducción.

2. Régimen especial para empresas

Aplicable a empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras, que implica una bonificación en la cuota íntegra de los mencionados impuestos.

Estos beneficios fiscales se han desarrollado a través del Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, que regula su aplicación efectiva en Baleares. Este reglamento también establece mecanismos de control para asegurar que las ayudas no superen los límites establecidos por la normativa europea de ayudas de minimis.

Obligaciones de declaración y control de ayudas

El artículo 32 del Real Decreto 710/2024 regula las obligaciones de información sobre las ayudas recibidas, habilitando al Ministerio de Hacienda a establecer un sistema de control mediante declaraciones informativas. En este contexto, se aprueba el modelo 283, que será utilizado por los beneficiarios de estos incentivos fiscales para informar sobre las ayudas percibidas.

Quiénes deben presentar el modelo 283

Los contribuyentes del IRPF, IS o IRNR que hayan recibido ayudas en el marco del régimen fiscal especial de las Islas Baleares están obligados a presentar el modelo 283. Este modelo estará disponible únicamente en formato electrónico, y la presentación deberá realizarse por vía telemática. Los beneficiarios deberán cumplir con esta obligación en el mismo plazo establecido para la presentación de la autoliquidación de sus impuestos respectivos (IRPF, IS o IRNR), conforme a los artículos 96 de la LIRPF, 124 de la LIS y 21 y 28 de la LIRNR.

Plazos y condiciones específicas

Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2023, si el plazo de presentación de la declaración informativa ya hubiera vencido antes de la entrada en vigor de la Orden HAC/1031/2024, los contribuyentes dispondrán de un plazo adicional de 25 días naturales desde la entrada en vigor de la norma para realizar la presentación del modelo 283.

Consulta o descarga la orden aquí

Haz clic aquí para descargar la orden ministerial reseñada en este artículo.

En resumen…

La aprobación del modelo 283 introduce una nueva obligación para los beneficiarios del régimen fiscal especial de las Islas Baleares, reforzando los mecanismos de control de las ayudas recibidas y garantizando su compatibilidad con la normativa europea. Este sistema de declaración busca mejorar la transparencia y control sobre las ayudas públicas otorgadas en el marco de este régimen fiscal específico.

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